Vistazo 21/09/2018
Al mes de haber asumido la Procuraduría General del Estado, le llegó una papa caliente: Íñigo Salvador se estrenó recibiendo el laudo de un tribunal arbitral de La Haya, según el cual a la firma petrolera Chevron las cortes ecuatorianas le negaron justicia.
El laudo establece que la sentencia que condenaba a la petrolera a pagar 9.500 millones de dólares a los perjudicados por la contaminación del crudo, en poblados amazónicos afectados por cáncer, fue emitida en forma corrupta.
¿Cómo recibió el laudo?
Es necesario que aclare. El laudo dice -ojo, no lo digo yo, no se interprete que las palabras son mías- que hubo una sentencia fraudulenta. La traducción exacta desde el inglés es más dura. El laudo habla de corrupción: el juez recibió una promesa de recibir dinero a cambio de permitir que le "dieran escribiendo" partes de la sentencia de 2011 (que obliga a Chevron a pagar 9.500 millones como reparación).
En suma, una negociación dura y pura
Es un tema que se venía discutiendo. Se trata de un arbitraje largo, de casi nueve años. Que fue objeto de otro juicio en Estados Unidos. Es el juicio a la luz del acta RICO, por las siglas en inglés del acta que habla de conductas mañosas de la delincuencia organizada. Ese proceso determinó en un tribunal estadounidense, que efectivamente esos actos de corrupción habrían ocurrido. Aunque no tiene fuerza en Ecuador, para el tribunal arbitral fue un indicio de que esos actos de corrupción en el poder judicial ecuatoriano habrían ocurrido.
Es el famoso fallo Kaplan
Así es. En ese sentido, no nos toma por sorpresa. Pero sí nos sorprende que el tribunal no haya tomado en consideración otras pruebas importantes, que contribuyen a desvirtuar los presuntos actos de corrupción.
La balanza presenta elementos, pruebas, de una y otra parte.
Y el tribunal se inclina exclusivamente por los de Chevron. Por ejemplo, el tribunal no les da suficiente peso en el proceso de deliberación, ni siquiera en el fallo mismo, a las pericias informáticas que se hacen, y que el Estado ecuatoriano aporta para desvirtuar los hechos de corrupción. No queda constancia absoluta de que hubo un tercer texto distinto del que había en la computadora del juez en el juzgado y en su computadora personal. Los textos eran los mismos, no se logra demostrar que efectivamente hubiera un tercer texto introducido.
¿No hubo un Chucky Seven?
Exactamente, (no se demuestra) que el texto fuera introducido por los representantes de los demandantes. El texto del laudo no determina quién exactamente lo hizo. Podemos pensar que hablan de los demandantes de Lago Agrio. La denegación de justicia -según el laudo- no sería solo en la sentencia, sino en los sucesivos fallos en las instancias superiores de apelación y casación, que terminan en el pronunciamiento de la Corte Constitucional, que se produjo en julio pasado.
Chevron convenció al tribunal arbitral de que la justicia ecuatoriana, en todas sus instancias, le denegó justicia.
La denegación de justicia, según plantea el laudo, es en las instancias judiciales; pero el acto de corrupción es propio del juez de primera instancia, donde se origina la primera sentencia de Lago Agrio. Pero el fallo no dice en ningún momento que las instancias superiores hubieran sido parte de actos corruptos. Y tampoco dice el laudo algo en concreto contra el sistema judicial ecuatoriano en su conjunto; se habla de un acto de este juez. El laudo cita un caso aislado de corrupción.
Como abogado del Estado, ¿Preguntará al tribunal por qué dio mayor peso al testimonio que aportó el juez Guerra, que habría recibido pagos y vive en California gracias a la firma petrolera, mientras la prueba de la contraparte no tuvo ese peso?
Ese es el desequilibrio en la evaluación de la prueba. El juez Guerra admitió haber recibido dinero de Chevron para dar un testimonio inculpatorio del juez Zambrano, y al primero le dan credibilidad. No dan en cambio credibilidad a las pruebas para exculpar al juez Zambrano. No hay instancia para solicitar al tribunal una revisión de las decisiones. En la acción de interpretación que evaluamos presentar, buscaríamos pedir que el tribunal analice nuevamente estos elementos.
¿El tribunal tenía competencia? Se constituyó al amparo del Tratado Bilateral de Inversiones vigente desde 1997, año en que Texaco ya dejó el país.
Esto podría ser la base de la acción de anulación. El argumento de que el tribunal arbitral carecía de competencia fue esgrimido desde el inicio. Chevron nunca invirtió en Ecuador; la que alguna vez invirtió fue la compañía Texaco. Operó de 1964 a 1992. El Tratado Bilateral para la Protección de Inversiones entre Ecuador y EE. UU. (TBI) rige desde 1997. El TBI establece el arbitraje como mecanismo de solución de controversias, entre el Estado ecuatoriano e inversionistas estadounidenses. A la luz de las reglas de la UNCITRAL -por sus siglas en inglés (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional), es administrado por la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya.
Las reglas no son retroactivas
La acción de anulación del laudo arbitral está prevista en el artículo 1065 del Código Civil holandés y habla de cinco causales para la anulación, la primera es ausencia de un acuerdo de arbitraje válido. Tenemos 90 días a partir del final de agosto. La acción se ejerce ante tribunales ordinarios del Reino de los Países Bajos, sede del arbitraje, y es un proceso distinto al arbitral. Pero además, podríamos interponer un recurso de interpretación.
¿El Estado debe pagar a la petrolera Chevron?
En el hipotético caso de que finalmente se ejecute el laudo. Y solo al realizarse el pago aplicaría la acción de repetición, que es trasladar la responsabilidad del pago a los funcionarios que según el laudo hubieran estado involucrados. Hay un proceso de determinación.
¿La acción de repetición debe ser revisada?
Planteamos que fueran incluidas en el texto del proyecto de Ley Anticorrupción, presentado por el presidente Moreno, unas reformas para hacer más corto y eficiente la acción de repetición.
¿Cuánto se ha recaudado por acciones de repetición?
No sé. En un caso, la indemnización que pagó el Estado a los jueces de la Corte Suprema de Justicia defenestrados en época del expresidente Lucio Gutiérrez, hasta ahora no se ha terminado de citar a todos los demandados, ni hablar de determinación.
Eso habla de lentitud
Habla de la lentitud, de que cuando hay gente con algo de poder político, buscan entorpecer los trámites.
Usted, que a inicios de su carrera trabajó en una sala de la Corte Suprema, ¿Cómo recibe las aseveraciones del laudo según las cuales se negoció una sentencia?
Rescato que el laudo habla de un caso aislado de corrupción, pero no condena a todo el sistema de justicia.
Actualmente, ¿cómo enfrenta Ecuador los 36 procesos judiciales en su contra?
La cifra es un total de procesos judiciales en sede extranjera, a nivel de Tribunal Andino de Justicia y procesos arbitrales. La cuantía reclamada supera los 13 mil millones, pero hay casos en que no se ha determinado un valor, por eso es una cifra referencial.
¿Esto significa que Ecuador es mal litigante?
No lo puedo afirmar sin evaluar caso por caso. Como abogado que he ejercido y he litigado en tribunales nacionales e internacionales, puedo decir que un proceso es complejo. A veces el abogado toma decisiones en disyuntivas difíciles, a veces de buena fe, a veces son errores crasos. Hay que analizar en profundidad caso por caso.
¿Se equivocaron al contratar estudios jurídicos en el exterior?
El problema principal creo que es otro, que estamos dejando que los conflictos escalen a nivel del arbitraje internacional, conflictos que podían ser solucionados a través de negociaciones a nivel interno. Muchos procesos que ahora están en arbitraje podrían haber sido solucionados antes. En el arbitraje se gastan peritajes, honorarios cuantiosos, costos. Es preferible solucionar los problemas entre inversionistas o contratistas del Estado antes de que vayan a sede de arbitraje.
Preferible un mal arreglo que un buen juicio...
Eso dice la sabiduría popular. La persona puede ganar un juicio, sí, pero le puede costar un platal. Y hay la posibilidad de que a pesar de que usted tenga la razón, el juez, el árbitro, peor si son tres, no entiendan su argumento El decálogo del abogado, redactado por el doctor Víctor Manuel Peñaherrera. uno de los más grandes juristas del Ecuador, recomienda "No dar exageradas seguridades a los clientes, pues por clara que nos parezca la cuestión pueden caber diversos criterios en los jueces que la decidan". Los arbitrajes internacionales no se ganan ni sé pierden exclusivamente en el procese arbitral, se ganan o se pierden desde la negociación y firma de los contratos administración de los contratos, recta administración de la justicia, si una de las partes incumple los contratos. Me han tergiversado esta frase, pero la repito. Por eso, algunos arbitrajes ya vienen perdidos de entrada.
En el último laudo pierden los indígenas de la Amazonía, afectados en su salud y en el ambiente
Lo último que quiere el Gobierno ecuatoriano es que ellos salgan perjudicados, es prioridad para el Estado que no se violen los derechos de los indígenas y que el medio ambiente sea reparado.
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