Arbitraje:
Reclamos Comerciales

Arbitraje: Reclamos Comerciales

En 2006, Chevron presentó una demanda ante la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya alegado que Ecuador violó sus obligaciones bajo el Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) entre EE.UU. y Ecuador, entre otras razones, al obligar a Texaco Petroleum Company (TexPet) a suministrar petróleo por debajo del precio del mercado al gobierno ecuatoriano para consumo nacional.

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¿QUÉ SE BUSCA EN EL TRIBUNAL?

Chevron está buscando cuatro tipos principales de compensaciones:

Chevron y TexPet solicitaron al Tribunal ordenar a Ecuador cumplir específicamente los Acuerdos de Conciliación y Liberación de 1995 y 1998, y honrar su compromiso de liberar a Chevron.

Chevron y TexPet pidieron al Tribunal que declarara, entre otras cosas: que la sentencia judicial de Lago Agrio era nula y sin valor como cuestión de derecho internacional; que Ecuador ha cometido denegación de justicia y numerosas violaciones de diversas obligaciones del Tratado al emitir y hacer cumplir la sentencia de Lago Agrio; que Ecuador liberó a ambos querellantes de todas las demandas medioambientales colectivas o de interés público en el Acuerdo de Conciliación de 1995 (y el Litigio de Lago Agrio está excluido por esas liberaciones); y que los querellantes no tendrán ninguna obligación ni responsabilidad posterior por demandas medioambientales poco claras en Ecuador, derivadas de las operaciones del Consorcio.

Chevron y TexPet solicitaron al Tribunal ordenar que Ecuador utilizara todas las medidas necesarias para revocar y anular la sentencia, incluyendo intercesión en procedimientos sancionadores extranjeros, y también que ordenara que, en el caso de que cualquier tribunal ordenara el cumplimiento de la sentencia judicial, Ecuador debería satisfacerla directamente.

Chevron y TexPet solicitaron indemnización total por daños y perjuicios contra Ecuador, incluyendo una obligación específica por parte de Ecuador de pagar todas las sumas pagadas para el juicio, todos los costos y honorarios de abogados en la defensa contra la sentencia en varias jurisdicciones, e intereses pre-laudo y post-laudo.

¿CÓMO FUNCIONA EL TRIBUNAL DEL TRATADO DE BILATERAL INVERSIÓN EN ESTE CASO?

El Tribunal que se hace cargo del arbitraje está compuesto por tres árbitros, uno nombrado por Chevron, uno nombrado por Ecuador, y el presidente del Tribunal, quien es seleccionado por común acuerdo entre los co-árbitros.

Árbitro designado por Chevron

El Dr. Horacio A. Grigera Naón, es Director del Centro de Arbitraje Comercial Internacional de la Escuela de Derecho de Washington, y un árbitro internacional independiente y consultor en cuestiones de derecho de negocios e internacional.

Árbitro designado por Ecuador

El Profesor Vaughan Lowe es Profesor Emérito Chichele de Derecho Internacional Público de la Universidad de Oxford, y Miembro de la Universidad All Souls de Oxford.

Presidente
del Tribunal

V.V. Veeder practica como árbitro y asesor jurídico de las Salas del Tribunal de Essex, en Londres; es miembro del Consejo del Instituto ICC de Derecho de Negocios Mundial y del Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo; es vicepresidente y Miembro del Tribunal de Arbitraje de la LCIA; y Profesor Visitante de Arbitraje de Inversiones del King's College de la Universidad de Londres.