A principios de la década de los 90, TexPet interpuso siete casos separados en cortes ecuatorianas, derivados de la obligación de TexPet de suministrar petróleo por debajo del precio del mercado al gobierno ecuatoriano para el consumo doméstico.
TexPet alegó que el gobierno tomó una porción significativa de ese petróleo para venderlo en el mercado internacional a precios más altos en vez de satisfacer las necesidades de consumo interno del país. Como resultado, el gobierno incumplió su contrato con TexPet, al exigirle suministrar más petróleo de lo necesario para el consumo doméstico, a precios inferiores a los del mercado. Toda la evidencia fue presentada a las cortes ecuatorianas y, a mediados de los años '90, los casos estaban listos para que las cortes dieran su fallo.
Por más de una década, los casos se estuvieron ventilando en las cortes ecuatorianas sin que éstas emitieran un fallo sobre los reclamos de TexPet (por un valor de cientos de millones de dólares). Por lo tanto, el 21 de diciembre de 2006, Chevron y TexPet presentaron un arbitraje contra la República de Ecuador alegando violaciones contractuales, del derecho internacional consuetudinario y del Tratado Bilateral de Inversiones entre EE.UU. y Ecuador.
En un Laudo Parcial emitido en marzo de 2010, el tribunal (compuesto por tres árbitros altamente reconocidos y experimentados) decidió que las demoras de las cortes ecuatorianas eran irrazonables y constituían una violación del compromiso que tiene Ecuador de proveer a los inversionistas estadounidenses como Chevron, "medios eficaces para hacer valer sus reclamaciones y hacer cumplir sus derechos" dentro de Ecuador (Art. 7 del Tratado Bilateral de Inversiones).
Después de concluir que Ecuador violaba el TBI, la corte calculó los daños principales por los que TexPet debió haber sido compensada en los casos subyacentes (si una corte ecuatoriana justa e imparcial hubiese emitido una decisión sobre sus méritos dentro de un plazo razonable), valorizando las reclamaciones en aproximadamente US $700 millones, sujeto a una reducción por impuestos.
En agosto de 2011, el tribunal emitió su Laudo Final, concluyendo que Ecuador era responsable por el pago de US $96.4 millones. El laudo reflejó casi US $45 millones en daños directos, más intereses previos al juicio luego de impuestos e intereses previos al laudo. Los US $700 millones aproximados en daños y perjuicios, fueron reducidos por el tribunal de arbitraje a un poco menos de US $45 millones para considerar una obligación fiscal del 87 por ciento. A partir del 23 de junio de 2014, la cantidad total adeudada, incluyendo intereses posteriores al laudo, era de aproximadamente US $106 millones.
A principios de la década de los 90, Texaco Petroleum Company (TexPet) interpuso siete casos separados en cortes ecuatorianas, derivados de la obligación de TexPet de suministrar petróleo por debajo del precio del mercado al gobierno ecuatoriano para el consumo doméstico.
El 27 de julio de 2012, Chevron y TexPet presentaron una demanda en la Corte Federal del Distrito de Columbia de EE. UU. para confirmar el laudo de Reclamos Comerciales del Tratado Bilateral de Inversiones. El 6 de junio de 2013, la Corte Federal estadounidense confirmó el laudo y emitió un fallo a favor de Chevron y de TexPet por la cantidad de la sentencia más intereses compuestos.
El 29 de octubre de 2013, Chevron obtuvo el permiso de la Corte de Distrito de D.C. para registrar la sentencia de EE.UU. en general, sin limitación a distritos particulares. Esto le permite a Chevron proceder con acciones de ejecución contra Ecuador para hacer cumplir la sentencia de EE.UU.
El 4 de agosto de 2015, la Corte de Apelaciones de EE. UU. para el Distrito de Columbia, en Washington, confirmó por unanimidad la decisión de la corte de primera instancia. La Corte de Apelaciones confirmó el veredicto del tribunal de arbitraje de La Haya (Holanda) que determinó que el tratado comercial entre ambos países protege las inversiones que TexPet realizó en Ecuador.
El 6 de junio de 2016, la Corte Suprema de Estados Unidos rechazó la petición de apelación de Ecuador en relación al laudo arbitral por la violación del Tratado Bilateral de Inversiones (TBI). Con esa decisión, la Corte Suprema mantuvo en firme la anterior decisión de la Corte de Apelaciones de D.C. por US $106 millones contra la República de Ecuador, a favor de Chevron Corporation y una de sus afiliadas.
El 22 de julio de 2016, el Banco Central de Ecuador confirmó el pago de US$112 millones como parte del proceso arbitral llevado a cabo ante la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya por violación al Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) entre EE.UU. y Ecuador.
En 2006, Chevron demandó al Estado de Ecuador ante la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya por denegación de justicia y por demorar procesos judiciales en cortes ecuatorianas que no resolvieron siete demandas comerciales presentadas entre 1991 y 1993 por Texaco, empresa posteriormente adquirida por Chevron en el 2001.
El arbitraje determinó una indemnización de unos 96 millones de dólares más intereses, que posteriormente fue ratificada por el sistema judicial holandés. Tras la ratificación, Ecuador se negó a pagar alegando que el tribunal de arbitraje no tenía jurisdicción en el caso porque el acuerdo comercial bilateral entró en vigor cinco años después de que Texaco finalizó sus operaciones en el país sudamericano en 1992. Por tal razón, Chevron inició en 2012 un proceso en EE.UU. con miras a lograr el reconocimiento y la ejecución del laudo arbitral, que finalizó con la negativa de revisión de la Corte Suprema estadounidense en junio de 2016 y con el posterior pago de US$112 millones por parte de Ecuador a Chevron el 22 de julio del mismo año.