Global Arbitration Review 17/09/2020
Chevron derrota apelación de Ecuador frente al laudo de negación de justicia / Foto: Shutterstock
Ayer, una sentencia de la Corte de Distrito de La Haya confirmó en su totalidad el laudo parcial del UNCITRAL (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, por sus siglas en inglés) a la responsabilidad, desestimando los argumentos de que el tribunal actuó fuera de su mandato y emitió órdenes que eran imposibles de cumplir.
Ecuador estuvo representado en el tribunal por Clifford Chance, habiendo previamente contratado a De Brauw Blackstone Westbroek en los procedimientos holandeses. Está utilizando a Foley Hoag y Dechert en el arbitraje.
El socio de Linklaters Gerard Meijer, quien dirigió la defensa de Chevron ante el tribunal holandés y que trabajó previamente en el caso en NautaDutilh antes de cambiar de empresa el año pasado, comenta que su empresa se encuentra “complacida de que la corte del distrito tomara la decisión correcta” en el caso.
Chevron también estuvo representada en la corte por las firmas holandesas Zenas Legal y la agencia Brandeis. King & Spalding y Three Crowns representan a Chevron en el arbitraje, junto con el abogado interno de la empresa.
El laudo parcial a la responsabilidad fue emitido por un tribunal de la Corte Permanente de Arbitraje en 2018, en ese momento presidido por el VV Veeder del Reino Unido. Fue reemplazado en el jurado luego de su muerte a principios de este año por el árbitro holandés Albert Jan van den Berg.
El árbitro argentino Horacio Grigera Naon y el abogado de Essex Court Chambers, Vaughan Lowe QC, han sido nombrados por Chevron y Ecuador respectivamente.
El jurado confirmó de manera unánime los reclamos de Chevron y su subsidiaria, Texaco Petroleum, en relación a la negación de justicia perpetrada por Ecuador bajo el derecho internacional consuetudinario y el tratado bilateral de inversión entre Estados Unidos y Ecuador.
El caso se refiere a una sentencia de 2011 emitida por una corte en Lago Agrio, Ecuador, que ordena a Chevron a pagar US$ 9.500 millones en compensación por contaminación ambiental en una zona que Texaco había operado en consorcio con la entidad estatal Petroecuador entre 1964 y 1992.
Chevron ha emitido un comunicado en el que establece que la corte señaló que “el carácter fraudulento de la sentencia de Lago Agrio y los procedimientos que la precedieron es un denominador común entre las partes”, y concluyó que las órdenes del tribunal internacional buscaban, apropiadamente, “eliminar las consecuencias de una sentencia fraudulenta que fue dictada por un juez corrupto”.
El tribunal abordó el alegato de los recursos locales
En su oferta rechazada, Ecuador argumentó que el laudo de 2018 no abordó un elemento clave de su defensa con respecto a si Chevron había agotado los recursos locales antes de presentar su reclamo en virtud del tratado.
El Estado argumentó que Chevron pudo haber recusado, en primera instancia, al juez que emitió la sentencia de Lago Agrio, la cual se comenta fue escrita por otras partes, o haber presentado una denuncia ante el Consejo de la Judicatura de Ecuador.
Ecuador también argumentó que Chevron podría haber presentado una demanda en virtud de la Ley de Protección para la Colusión de Ecuador y poner fin a los “abusos procesales” en la corte de Lago Agrio. Esto, mencionó, habría permitido al sistema legal ecuatoriano establecer por sí mismo si hubo negación de justicia.
El fallo del tribunal sobre estos puntos fue decisivo en cuanto a si Chevron había agotado los recursos locales y si se había producido una negación de justicia, argumentó Ecuador.
Sin embargo, la corte determinó que el tribunal emitió su fallo de negación de justicia después de concluir que Chevron había agotado todos los recursos locales que podían rectificar las deficiencias de la corte de Lago Agrio de manera oportuna, efectiva y adecuada.
Encontró que el tribunal había rechazado implícitamente los otros recursos identificados por Ecuador porque no cumplían con esos requisitos.
Sin violación de la separación de poderes
Ecuador mencionó que el tribunal le había ordenado anular la sentencia de Lago Agrio, la cual se comentó era imposible de cumplir debido al principio de separación de poderes. También argumentó que la ejecución de tal orden habría violado los derechos de los demandantes de Lago Agrio.
Por lo tanto, el tribunal había ido más allá de su jurisdicción y la orden constituía una violación de la política estatal, argumentó.
La corte estableció que el tribunal no había ordenado a Ecuador que revocara la sentencia de Lago Agrio, sino que le había indicado al Estado que eliminara el estado de cumplimiento de esa sentencia de la forma que lo considerara conveniente.
Ecuador también se opuso a que el tribunal le ordenara pagar una restitución a Chevron, pero la corte mencionó que punto de si el tribunal estaba en lo correcto al dictar tal orden bajo el derecho internacional estaba fuera de su jurisdicción.
Se desestima el alegato de jurisdicción ‘extraterritorial’
Ecuador también mencionó que el laudo podría significar que se le considerara responsable si la sentencia de Lago Agrio, a pesar de las advertencias del estado y Chevron, se aplicara en otros países. Por lo tanto, el tribunal actuó fuera de su mandato en el arbitraje, argumentó Ecuador.
Sin embargo, el tribunal estuvo de acuerdo con Chevron en que el argumento de Ecuador se basaba en una interpretación de largo alcance de la orden del tribunal y que el laudo no requería que el estado ejerciera jurisdicción extraterritorial, sino solo “eliminar el estado de cumplimiento” de la sentencia fraudulenta de Lago Agrio, así como asegurar que los demandantes de Lago Agrio y partes relacionadas no puedan hacer cumplir la sentencia.
Si Ecuador cumple con las órdenes del tribunal, incluyendo el reconocimiento de la sentencia como fraudulenta y la toma de medidas razonables para evitar su ejecución, la corte comentó que era difícil imaginar que el estado fuera responsable si la sentencia se aplicara en otro lugar.
A principios de este año, Chevron acabó con lo que dijo fue el intento final de los demandantes de Lago Agrio para ejecutar la sentencia de US$ 9.500 millones a nivel internacional tras una decisión de la Corte Suprema de Argentina.
La empresa se ha enfrentado, previamente, a otros intentos en Brasil, Canadá, Gibraltar, La Haya y los EE.UU. donde la sentencia también se dictaminó como producto de un fraude.
Citando un comentario del laudo, la corte holandesa argumentó que era “difícil de entender” cómo las partes gastaron tanto dinero en procedimientos legales cuando el dinero podría haber sido utilizado para reparar daños ambientales en la región de Lago Agrio y cubrir daños personales de los demandantes individuales.
El año pasado, Chevron derrotó el intento de Ecuador de anular una serie de laudos anteriores emitidos en el arbitraje de la Corte Suprema de Holanda, que se negó a perturbar las conclusiones de una corte inferior sobre que los cinco laudos no violaban la política estatal holandesa o los derechos de los ciudadanos ecuatorianos que no son parte del arbitraje.
Mientras tanto, un juicio por desacato penal contra el abogado de los demandantes de Lago Agrio en el procedimiento judicial original del juzgado ecuatoriano, el abogado estadounidense Steven Donziger, fue aplazado hasta el 4 de noviembre por un juez de Nueva York quien fue designado para examinar el caso.
Donziger ha estado bajo arresto domiciliario a la espera de juicio durante más de un año. A la espera del juicio por cargos que, según los informes, conllevan una sentencia máxima de seis meses.
A principios de este mes, más de 200 abogados de la Asociación Internacional de Abogados Demócratas presentaron una denuncia judicial contra el juez que emitió la orden de arresto domiciliario por la “focalización abusiva” en Donzinger, alegando “una serie de violaciones espantosas del código de conducta judicial”.
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