Tribunal Internacional de Arbitraje exime a Chevron de responsabilidad por los reclamos ambientales
Un tribunal internacional de arbitraje dictó un laudo parcial a favor de Chevron (NYSE: CVX) y de su filial, Texaco Petroleum Company (TexPet). El Tribunal concluyó que los Acuerdos de Liberación de Responsabilidades que el Gobierno de Ecuador firmó con TexPet liberaron a TexPet y a sus afiliadas de toda responsabilidad por cualquier reclamo ambiental colectivo o de interés público. Los abogados de los demandantes de Lago Agrio han admitido en reiteradas oportunidades, y el desagravio incluido en la sentencia de Lago Agrio deja en claro, que sus reclamos son exclusivamente colectivos y no individuales. El arbitraje surge de la interferencia por parte del Gobierno de Ecuador en el juicio ambiental en curso que se sigue contra la compañía y de la incapacidad de sus tribunales de administrar justicia en un juicio enturbiado por múltiples casos de fraude.
“El juego terminó. Este laudo dictado por un eminente tribunal internacional confirma que los reclamos fraudulentos en contra de Chevron no deberían haber sido presentados desde un comienzo. Ahora no hay duda que los esfuerzos de los abogados estadounidenses de los demandantes y del Gobierno de Ecuador para ejecutar esta sentencia fraudulenta violan el derecho ecuatoriano, estadounidense e internacional”, dijo Hewitt Pate, vicepresidente y consejero general de Chevron. “Continuar apoyando este fraude sólo aumenta la creciente responsabilidad que el gobierno de Ecuador tiene frente a Chevron. Instamos a Ecuador a reconsiderar su posición y a tomar un rumbo más responsable”.
Convocado bajo la autoridad del Tratado Bilateral de Inversión entre Estados Unidos y Ecuador, y administrado por la Corte Permanente de Arbitraje en La Haya, el tribunal concluyó que los Acuerdos de Liberación de Responsabilidades que el Gobierno de Ecuador firmó con TexPet en 1995 y 1998 eximieron a TexPet y a sus afiliadas de toda responsabilidad por cualquier reclamo ambiental colectivo o de interés público. En su decisión, el Tribunal concluyó que: 1) Chevron y TexPet son los “Exonerados” de acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo de Liberación de 1995 y el Acta Final de Liberación de 1998; 2) Chevron puede invocar y exigir el cumplimiento de sus derechos contractuales como Exonerado; y 3) el Gobierno resolvió todos los reclamos ambientales colectivos o de interés público, inclusive los reclamos colectivos presentados por terceros.
Este Laudo llega después de la resolución del Tribunal de febrero de 2013 que encontró que Ecuador ha violado su obligación de “tomar todas las medidas necesarias para suspender la ejecución o hacer que se suspenda la ejecución” de la sentencia de Lago Agrio —obligación que el Tribunal le había impuesto a Ecuador en 2011, y reforzado y ampliado en 2012, pero que Ecuador había ignorado de manera constante. En resoluciones anteriores, el Tribunal notificó a la República de Ecuador que en caso de que Chevron ganara en última instancia el arbitraje, “cualquier pérdida originada por la ejecución de (la sentencia) podrían ser pérdidas por las que (la República) debería ser responsable (con Chevron) según el derecho internacional”.
La próxima audiencia de arbitraje relacionada con los actos de colusión perpetrados entre los tribunales ecuatorianos junto a los demandantes de Lago Agrio y sus abogados está programada para enero del 2014.
Chevron presentó la demanda de arbitraje internacional en contra de la República del Ecuador el 23 de septiembre del 2009, en el que reclamó violaciones de las obligaciones de Ecuador según lo dispuesto por el Tratado Bilateral de Inversión entre Estados Unidos y Ecuador, por los acuerdos de inversión y por el derecho internacional. La subsidiaria de Chevron, TexPet, participó hasta 1992 como socio minoritario de un consorcio encargado de la exploración y producción de petróleo en virtud de contratos celebrados con Ecuador y la petrolera estatal de Ecuador, Petroecuador. A través del arbitraje, Chevron busca que se declare responsable a Ecuador por la denegación de justicia que se produjo a través de las acciones de la Corte Provincial de Sucumbíos en Lago Agrio durante el litigio y la emisión de la sentencia fraudulenta de 19.000 millones de dólares.