La Corte Suprema holandesa ha desestimado el intento de Ecuador para anular un laudo de responsabilidad del 30 de agosto de 2018 (“Laudo 2018”) emitido en el arbitraje UNCITRAL de larga data Chevron y Texaco en Ecuador (2).
La Corte Suprema holandesa ha desestimado el intento de Ecuador para anular un laudo de responsabilidad del 30 de agosto de 2018 (“Laudo 2018”) emitido en el arbitraje UNCITRAL de larga data Chevron y Texaco vs Ecuador (2).
La Corte Suprema emitió su sentencia el 17 de noviembre de 2023 [haga clic para descargar]*
Los lectores recordarán que este caso UNCITRAL surge de una disputa sobre una sentencia multimillonaria impuesta contra Chevron por pasivos ambientales en Ecuador (la “Sentencia de Lago Agrio”). En 2012/2013, un tribunal compuesto por V.V. Veeder (presidente), Horacio Grigera Naon y Vaughan Lowe emitió una serie de fallos, confirmando jurisdicción bajo el tratado bilateral de inversión entre Ecuador y Estados Unidos, responsabilizando a Ecuador por no cumplir con laudos provisionales anteriores que habían ordenado al Estado abstenerse de ejecutar la sentencia de Lago Agrio, y encontrar que Chevron estaba amparada por un acuerdo que limitaba la responsabilidad de la empresa por daños ambientales en Ecuador. Los fallos fueron ratificados por las cortes en la sede del arbitraje, en los Países Bajos.
En 2018, el tribunal emitió posteriormente su Laudo del 2018, determinando que Ecuador había violado el TBI al denegar justicia a los demandantes y además, había violado la cláusula general del tratado. El caso pasó a una fase cuántica (etapa III), con Albert Jan van den Berg reemplazando al Sr. Veeder en el tribunal. (Esta fase sigue pendiente y se espera que resulte en un laudo pronto).
Ecuador solicitó la anulación de este Laudo del 2018, pero este intento fue desestimado tanto por la Corte de Distrito de La Haya —CDI— (en 2020) y la Corte de Apelación de La Haya (en 2022). Como informamos, en septiembre de 2023, la abogada general holandesa, Ruth de Bock, recomendó que la Corte Suprema desestimara la apelación de Ecuador de estas sentencias inferiores, al no observar ninguna violación del orden público holandés, ni una interpretación errónea del laudo o una aplicación indebida del artículo 35 de los Artículos de la CDI (sobre restitución). (Aún estamos trabajando en un análisis completo de esta opinión, que publicaremos en los próximos días.)
En el fallo del [18 de noviembre], la Corte Suprema se puso del lado de la Sra. de Bock, dictaminando escuetamente que las “quejas de Ecuador no pueden dar lugar a la anulación” de la sentencia de la Corte de Apelación. La corte consideró que no era necesario explicar esta decisión, considerando que no era necesario responder a ninguna pregunta importante para la unidad o desarrollo de la ley.
En consecuencia, la apelación de Ecuador fue desestimada y se ordenó al Estado a pagar las costas.
* La sentencia solo está disponible en holandés. Todas las traducciones fueron realizadas por IAReporter.