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Tribunal Internacional Resuelve a favor de Chevron en Caso Contra Ecuador

Ecuador condenado por violar el derecho internacional al apoyar fraude y corrupción

Juicio Crudo 07/09/2018

SAN RAMON, Calif., 7 de Sept. de 2018 – Un tribunal internacional bajo el auspicio de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya ha dictado un laudo a favor de Chevron (NYSE: CVX) y su filial indirecta, Texaco Petroleum Company (TexPet), que resolvió que la República del Ecuador violó sus obligaciones bajo tratados internacionales, acuerdos de inversión y el derecho internacional.  El tribunal concluyó unánimemente que la sentencia de $9.500 millones dictada en contra de Chevron en Lago Agrio, Ecuador, en 2011 fue obtenida a través de fraude, sobornos y corrupción y se fundamentó en reclamos que la República del Ecuador ya había transado años antes. El tribunal resolvió que la sentencia fraudulenta ecuatoriana “viola el orden público internacional” y “no debe ser reconocida o ejecutada por los tribunales de otros Estados”.  El laudo estableció que, de conformidad con el de derecho internacional, Chevron no está obligada a cumplir con la sentencia ecuatoriana.

El tribunal sostuvo que Ecuador incumplió sus obligaciones bajo un acuerdo de transacción de 1995 que liberó a TexPet y sus filiales de toda responsabilidad por acciones o reclamos fundamentados en intereses difusos, el mismo tipo de intereses en los que se fundamenta la sentencia ecuatoriana de $9.500 millones. El tribunal determinó que “TexPet invirtió aproximadamente $40 millones en proyectos de remediación ambiental y desarrollo comunitario bajo el Acuerdo de Transacción de 1995” ejecutados por una “reconocida firma de ingeniería especializada en remediación ambiental” y que Ecuador en 1998 suscribió un acuerdo final de liberación “certificando que TexPet había cumplido con todas sus obligaciones en virtud del Acuerdo de Transacción de 1995.” El tribunal no encontró “ninguna prueba” que respalde el argumento de Ecuador de que TexPet incumplió los términos del plan de remediación aprobado por Ecuador. Por el contrario, el laudo narra el testimonio jurado de funcionarios del gobierno de Ecuador en el sentido de que “el trabajo técnico y ambiental de TexPet se ejecutó correctamente”, en tanto que la compañía petrolera estatal de Ecuador “durante más de tres décadas, no hizo absolutamente nada” para abordar sus propias obligaciones de remediación ambiental en la misma área de operaciones, a pesar de que Ecuador y su compañía petrolera estatal recibieron el 97.3% de los ingresos generados por la producción de petróleo del proyecto. El laudo también describe en detalle el testimonio de varios exmiembros de los expertos ambientales y científicos de los demandantes ecuatorianos que admitieron bajo juramento que no encontraron pruebas que respaldaran las alegaciones ambientales de los demandantes en contra de Chevron y TexPet.

“Un reconocido tribunal internacional, que incluyó un árbitro designado por la República del Ecuador, ha resuelto unánimemente, que la República del Ecuador, luego de que Chevron concluyera el programa de remediación ambiental acordado, liberó a la compañía de toda responsabilidad por las mismas reclamaciones ambientales que la sentencia fraudulenta ecuatoriana supuestamente decidió”, dijo R. Hewitt Pate, vicepresidente y director legal de Chevron. “Después de años de litigio, incluidas visitas del tribunal a la antigua área de operaciones, el tribunal determinó que Ecuador violó el acuerdo final de liberación que certificaba que TexPet había la finalizado satisfactoriamente la remediación.” 

El tribunal también llegó a la misma conclusión que las cortes de EE.UU. con respecto a la cuestión del fraude judicial. “El tribunal encontró amplia evidencia de fraude y corrupción de algunos miembros del poder judicial ecuatoriano que actuaron en connivencia con abogados estadounidenses y ecuatorianos. Este laudo concuerda con las sentencias de las cortes de los Estados Unidos, Argentina, Brasil, Canadá y Gibraltar que confirmaron que la sentencia ecuatoriana no será reconocida o ejecutada en países que respeten el estado de derecho”, dijo Pate. “De hecho, el tribunal internacional declaró explícitamente que sería contrario al derecho internacional que los tribunales de cualquier otro Estado reconozcan o ejecuten la fraudulenta sentencia ecuatoriana”.

En sus más de 500 páginas, el laudo del tribunal describe la evidencia de fraude y corrupción en Ecuador del equipo legal de los demandantes de Lago Agrio, calificando dicha evidencia de "abrumadora". El tribunal concluyó: “Salvo por una confesión firmada por los delincuentes... la evidencia presentada en este arbitraje de la ‘redacción oculta’ [de la sentencia ecuatoriana por los propios actores], demostrada por medio de documentos, videos y testimonios, debe ser la evidencia de fraude más completa que se haya presentado nunca ante un tribunal arbitral.”

El tribunal determinó que Nicolás Zambrano, el juez ecuatoriano que supuestamente redactó la sentencia de Lago Agrio, en realidad no lo escribió, sino que “a cambio de una recompensa prometida, permitió que algunos representantes de los Demandantes de Lago Agrio [incluidos los abogados Fajardo y Donziger], corruptamente, ‘redactaran ocultamente’ al menos partes sustanciales de la sentencia de Lago Agrio.” El tribunal describió la conducta como “groseramente impropia bajo cualquier estándar moral, profesional y legal.”  Expresando que "el soborno judicial debe figurar como uno de los casos más graves de corrupción, pues ataca directamente el estado de derecho, el acceso a la justicia y la confianza pública en el sistema legal; así como también, en caso de reconocimiento de la sentencia corrupta en el extranjero, el derecho internacional”, el tribunal declaró a la República del Ecuador responsable por denegación de justicia en contra de Chevron.

El tribunal también concluyó que el equipo legal de los demandantes tuvo reuniones secretas e inapropiadas con varios de los jueces que presidieron el litigio, extorsionó a uno de los jueces que presidían el caso, sobornó al perito ambiental supuestamente independiente designado por el juez, Richard Stalin Cabrera, redactó ocultamente el informe de Cabrera sobre el cual se basó la sentencia para las condenas ambientales, orquestó un proceso penal colusorio en contra de los abogados de TexPet, pagó sobornos al exjuez Alberto Guerra para que redactara providencias judiciales para el juez Zambrano, e ideó e implementó un plan “encubierto” y “nefasto” para redactar tras bastidores la sentencia que luego el juez Zambrano emitió bajo su nombre a cambio de la promesa de un soborno de US $500,000 a ser pagado con las resultas de lo que lograran obtener de la ejecución de la fraudulenta sentencia.

El tribunal, compuesto por tres árbitros internacionales preeminentes, emitió su laudo por unanimidad. El laudo del tribunal busca “eliminar todas las consecuencias” de la conducta internacionalmente ilícita de la República del Ecuador y resguardar los derechos de Chevron a través de varias medidas de protección. El tribunal ordena que Ecuador tome inmediatamente las medidas necesarias para poner fin a su conducta internacionalmente ilícita, lo que incluye tomar medidas bajo su derecho interno para que la sentencia de $9.500 millones sea inejecutable, impedir que los Demandantes u otras partes interesadas ejecuten la sentencia, y asegurar que Chevron no tenga responsabilidad o gravamen alguno por la sentencia. También ordena a la República del Ecuador abstenerse de recibir fondos provenientes de la sentencia fraudulenta y a reembolsar inmediatamente a Chevron fondos que pudieran llegar a su posesión. El laudo responsabiliza a la República del Ecuador por cualquier costo o daño que Chevron pudiera sufrir si la sentencia fuera ejecutada en cualquier lugar del mundo. Finalmente, el tribunal ordena a la República del Ecuador a indemnizar a Chevron por cualquier daño derivado o que se llegara a derivar de la sentencia fraudulenta. El tribunal abordará la cuantía de los daños por los cuales Ecuador debe indemnizar a Chevron en la siguiente y última fase del arbitraje.

Pate concluyó: “Los funcionarios del poder ejecutivo y judicial de Ecuador en la actualidad son distintos de los que estuvieron involucrados en los eventos a los que se refiere este laudo. Chevron no se complace en mantener disputas con una nación soberana. La compañía invita al gobierno de Ecuador a repudiar este esquema fraudulento y a hacer esfuerzos constructivos para dar cumplimiento a sus propias obligaciones ambientales largamente incumplidas.”

Antecedentes

Tal como lo dejó establecido el tribunal, Chevron nunca ha operado o tenido activos en Ecuador. Texaco Petroleum Company (TexPet), que se convirtió en filial indirecta de Chevron como resultado de la adquisición de Texaco Inc. por parte de Chevron en 2001, fue socio minoritario en un consorcio de producción de petróleo en Ecuador junto con la petrolera estatal Petroecuador, de 1964 a 1992. Petroecuador asumió en 1992 la participación de TexPet en el proyecto.  De conformidad con un acuerdo de transacción celebrado en 1995 con Ecuador, TexPet acordó remediar ciertos impactos ambientales en el área de la antigua concesión, en tanto que Petroecuador asumió la responsabilidad de realizar cualquier remediación ambiental restante.

Para llevar a cabo el trabajo de remediación, TexPet contrató a una conocida firma de ingeniería especializada en la remediación medioambiental. El gobierno de Ecuador supervisó y certificó la finalización satisfactoria de la remediación de TexPet y liberó por completo a TexPet de toda responsabilidad ambiental adicional. Petroecuador no realizó la remediación ambiental a la que quedó obligada y ha continuado operando y expandiendo sus operaciones petroleras durante más de 25 años.

Chevron presentó una demanda en un arbitraje internacional en contra de la República del Ecuador en 2009 de conformidad con el Tratado Bilateral de Inversión entre EE.UU.-Ecuador, en virtud del incumplimiento por parte de la República del Ecuador de su acuerdo de transacción y liberación de responsabilidad con TexPet.  Posteriormente, en 2012 Chevron amplió la demanda para incluir la denegación de justicia derivada del fraude y corrupción en el litigio ecuatoriano que resultó en la sentencia fraudulenta de $9.500 millones en su contra.  El tribunal internacional, constituido bajo el auspicio de la Corte Permanente de Arbitraje en La Haya, resolvió que la República del Ecuador violó sus obligaciones bajo el derecho internacional y el Tratado Bilateral de Inversión al dictar, confirmar en apelación y declarar ejecutoriada una sentencia fraudulenta en contra de Chevron, en virtud de que el litigio de Lago Agrio estuvo viciado de fraude, sobornos y coacción perpetrados por los abogados de los Demandantes en colusión con los tribunales ecuatorianos. El laudo fue emitido unánimemente por los tres miembros del tribunal, incluido el árbitro designado por Ecuador.

En 2014, una corte federal de los EE.UU. resolvió, en términos similares, que la sentencia ecuatoriana fue producto de actividades de fraude y crimen organizado, incluida extorsión, lavado de capitales, fraude electrónico, manipulación de testigos, violaciones de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero y obstrucción a la justicia. La corte prohibió la ejecución de la sentencia ecuatoriana en los Estados Unidos. Esa decisión ahora es definitiva después de haber sido confirmada por unanimidad por el tribunal de apelación y de que la Corte Supremo se reusará a revisarla.

Otros intentos de ejecutar la sentencia en jurisdicciones alrededor del mundo también han fracasado:

  • En enero de 2017, una corte canadiense rechazó un intento de ejecutar la sentencia ecuatoriana en contra de la filial canadiense de Chevron. Una corte de apelaciones confirmó esta decisión en mayo de 2018.
  • En noviembre de 2017, la Corte Superior de Justicia de Brasil rechazó unánimemente el intento de ejecutar la sentencia ecuatoriana en Brasil. El fiscal general adjunto de Brasil declaró que la sentencia “se emitió de manera irregular, especialmente bajo deplorables actos de corrupción.”
  • En octubre de 2017, una corte en Argentina negó el reconocimiento de la sentencia ecuatoriana. Una corte de apelaciones confirmó la decisión en julio de 2018.
  • En diciembre de 2015, el Tribunal Supremo de Gibraltar dictó sentencia contra Amazonia Recovery Ltd., una empresa con sede en Gibraltar creada por los abogados de los demandantes para recibir y distribuir los fondos resultantes de la sentencia ecuatoriana, condenando a los demandados a $28 millones en daños a favor de Chevron y emitiendo una orden judicial permanente contra Amazonia prohibiendo a la compañía ayudar o apoyar acciones en contra de Chevron. La corte emitió una decisión similar en mayo de 2018 esta vez en contra de los directores de Amazonia, el Frente de Defensa de la Amazonia, el abogado ecuatoriano Pablo Fajardo y Servicios Fromboliere por su papel en el intento de ejecutar la sentencia, esta vez otorgando $38 millones en daños a Chevron.

Chevron Corporation es una de las principales compañías integradas de energía del mundo, con filiales que realizan negocios en todo el mundo. La compañía está involucrada en prácticamente todas las facetas de la industria energética. Las subsidiarias de Chevron Corporation exploran, producen y transportan petróleo crudo y gas natural; refinar, comercializan y distribuyen combustibles y lubricantes para el transporte; fabrican y venden productos petroquímicos; generan energía y producen energía geotérmica; proporcionan soluciones de eficiencia energética; y desarrollan los recursos energéticos del futuro, incluidos los biocombustibles. Chevron Corporation tiene su sede en San Ramon, California. Puede encontrar más información sobre Chevron en www.chevron.com y más sobre el juicio fraudulento contra la empresa en Ecuador en www.juiciocrudo.com.

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Contacto: James Craig, +1-925-842-1319