Declaración de Chevron sobre decisión de Corte Suprema de EE.UU

Declaración "Chevron Corporation está complacida que la Corte Suprema de los Estados Unidos haya rechazado la petición de la República y que Ecuador tenga que rendir cuentas. Esta acción mantiene en vigor la confirmación de la Corte de Apelaciones de D.C. del laudo arbitral por US $106 millones contra la República de Ecuador, a favor de Chevron Corporation y una de sus afiliadas".

Juicio Crudo 06/06/2016

Declaración
"Chevron Corporation está complacida que la Corte Suprema de los Estados Unidos haya rechazado la petición de la República y que Ecuador tenga que rendir cuentas. Esta acción mantiene en vigor la confirmación de la Corte de Apelaciones de D.C. del laudo arbitral por US $106 millones contra la República de Ecuador, a favor de Chevron Corporation y una de sus afiliadas".

Antecedentes

Antecedentes del arbitraje de Casos Comerciales:

• A principios de la década de los 90, Texaco Petroleum (TexPet) interpuso siete casos separados en cortes ecuatorianas, derivados de la obligación de TexPet de suministrar petróleo por debajo del precio del mercado para el consumo doméstico del gobierno ecuatoriano. TexPet alegó que Ecuador tomó una porción significativa de ese petróleo y lo vendió a precios más altos en el mercado internacional, y no utilizó lo producido para satisfacer las necesidades de consumo interno del país. Como resultado, el gobierno incumplió su contrato con TexPet, al exigirle suministrar más petróleo de lo necesario para el consumo doméstico, a precios inferiores a los del mercado. Toda la evidencia fue presentada a las cortes ecuatorianas y los casos estaban listos para una decisión bajo la legislación ecuatoriana a mediados de los 90.

• Después de que las cortes ecuatorianas se negaran a emitir un fallo acerca de las reclamaciones de TexPet (por un valor de cientos de millones de dólares) durante más de una década, Chevron y TexPet presentaron una demanda de arbitraje de inversiones contra Ecuador a finales de 2006, alegando violación del contrato, del derecho internacional consuetudinario y del Tratado Bilateral de Inversiones entre EE.UU. y Ecuador.

Conclusiones principales del tribunal de arbitraje de Casos Comerciales:

• En un Laudo Parcial emitido en marzo de 2010, el tribunal (compuesto por tres árbitros altamente reconocidos y experimentados) decidió que las demoras de las cortes ecuatorianas eran irrazonables y constituían una violación del compromiso que tiene Ecuador, plasmado en el Artículo II(7) del Tratado Bilateral de Inversiones, de proveer a los inversionistas estadounidenses como Chevron, "medios eficaces para hacer valer sus reclamaciones y hacer cumplir sus derechos" dentro de Ecuador. Después de concluir que Ecuador violaba el Tratado Bilateral de Inversiones, la corte calculó los daños principales por los que TexPet debió haber sido compensada en los casos subyacentes (si una corte ecuatoriana justa e imparcial hubiese emitido una decisión sobre sus méritos dentro de un plazo razonable), valorizando las reclamaciones en aproximadamente US $700 millones, sujeto a una reducción por impuestos.

• En agosto de 2011, el tribunal emitió su Laudo Final, concluyendo que Ecuador era responsable por el pago de US $96.4 millones. El laudo reflejó casi US $45 millones en daños directos, más intereses previos al juicio luego de impuestos e intereses previos al laudo. Los US $700 millones aproximados en daños y perjuicios, fueron reducidos por el tribunal de arbitraje a un poco menos de US $45 millones para considerar una obligación fiscal del 87 por ciento. A partir del 23 de junio de 2014, la cantidad total adeudada, incluyendo intereses posteriores al laudo, es de aproximadamente US $106 millones.

Procesos Judiciales en EE.UU.

• El 27 de julio de 2012, Chevron y TexPet presentaron una demanda en la Corte de Distrito del Distrito de Columbia de los EE. UU. para confirmar el laudo de Casos Comerciales del Tratado Bilateral de Inversiones. El 6 de junio de 2013, la Corte de Distrito de los EE.UU. confirmó el laudo y emitió un fallo a favor de Chevron y de TexPet por la cantidad de la sentencia más intereses compuestos.

• El 29 de octubre de 2013, Chevron obtuvo el permiso de la Corte de Distrito de D.C. para registrar la sentencia de EE.UU. en general, sin limitación a distritos particulares, lo que le permite a Chevron proceder con acciones de ejecución contra Ecuador para hacer cumplir la sentencia de EE.UU.

El 4 de agosto de 2015, la Corte de Apelaciones de los EE. UU. para el Distrito de Columbia, confirmó por unanimidad la decisión de la corte de distrito.

Antecedentes sobre la desestimación de procedimientos judiciales de Holanda:

• El 26 de septiembre de 2014, la Corte de Casación de Holanda, ratificó una sentencia de una corte de apelación que rechazó en su totalidad la solicitud de Ecuador de desestimar el laudo arbitral emitido a favor de Chevron. Las cortes holandesas, habiendo descartado ya la solicitud por parte de Ecuador en primera instancia y a nivel de apelación, ahora han confirmado esos fallos al más alto nivel.

El caso de Lago Agrio:

• Aunque el arbitraje de Casos Comerciales no está directamente relacionado con la fraudulenta sentencia emitida y ratificada por las cortes de Ecuador en contra de Chevron, confirma que Chevron tiene derecho a protección en contra las acciones o inacciones de Ecuador bajo el derecho internacional, incluyendo al sistema judicial de Ecuador.

• Ese caso ha dado lugar a un arbitraje de inversión por separado, presentado por Chevron en septiembre de 2009. En él, Chevron alega que Ecuador ha violado sus compromisos contractuales y de tratado, al coludir con los demandantes de Lago Agrio y emitir una fraudulenta sentencia en contra de Chevron. El arbitraje está en curso; el tribunal ha confirmado su jurisdicción sobre las reclamaciones de Chevron y emitió varios laudos parciales que buscan proteger los derechos de Chevron en la materia.

La República de Ecuador se compromete a cumplir con el laudo:

En múltiples ocasiones, la República de Ecuador se ha comprometido a cumplir con este laudo en caso de ser confirmado por las cortes holandesas, y ha llegado el momento de cumplir este compromiso (se pueden proporcionar copias a los medios de comunicación de los documentos subyacentes):

Carta de la embajadora ecuatoriana, Nathalie Cely, al representante de Comercio de los Estados Unidos (17 de septiembre de 2012): "La República de Ecuador se ha comprometido con Chevron, por escrito, a cumplir con este laudo si el proceso legal en las cortes holandesas ratifican el laudo. No hay ningún indicio de siquiera un intento, de pasar por alto la potencial indemnización adversa, si se ratifica".

Carta de Winston & Strawn a la corte (22 de enero de 2013): "La República se ha comprometido por escrito a cumplir con cualquier laudo del arbitraje de Casos Comerciales si las acciones de la República para desestimarla son rechazadas en La Haya".

• Solicitud de la República de Ecuador para la ejecución de medidas cautelares (3 de junio de 2013): "En ese caso, los procedimientos de desestimación se están llevando a cabo en Holanda, y la República se ha comprometido por escrito a cumplir el laudo si las cortes holandesas la ratifican".

Audiencia de Fase 1, día 3 (Leonard) (573:22-574:1) (Nov. 2012): "Como usted sabe, el Sr. Bloom [abogado de la República de Ecuador] ha enviado la carta a los demandantes en nombre de la República, indicando que la República tiene la intención de cumplir plenamente con sus obligaciones en virtud del laudo si estas acciones no son resueltas en la desestimación del laudo.

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